VISTO el expediente N° 0923-69-001-2023 relacionado con la trasposición de objetos;
RESULTANDO: I) que las necesidades refieren a la adquisición de jarras eléctricas, pago de membresía de Aderasa y viáticos.
II) que el costo de cubrir dichos requerimientos es de $ 126.000 (pesos uruguayos ciento veintiseis mil).
III)
que a fin de afrontar la erogación de la necesidades planteadas,
Contabilidad de URSEA propone realizar las siguientes trasposiciones: en
el Presupuesto Operativo 2023 del objeto reforzante 134000 “productos
de artes gráficas” al objeto reforzado 193000 “artículos y accesorios
eléctricos “ por $ 6.000; del objeto reforzante 285000 “servicios
informáticos y anexos” al objeto reforzado 282000 “servicios
profesionales y técnicos” por $ 70.000, y del objeto reforzante 223000
“impresiones, reproducciones y encuadernaciones” al objeto reforzado
234000 “viáticos dentro del país “ por $ 50.000.
IV) que asimismo Contabilidad informó que existen créditos disponibles en los objetos reforzantes.
CONSIDERANDO:
I) que la mencionada trasposición de crédito entre objetos está
contemplada en los artículos 9° y 10 del Decreto N° 454/2022,
requiriendo aprobación de Directorio e informe favorable de OPP;
ATENTO:
a lo dispuesto por el artículo 27 del TOCAF, aprobado por el Decreto Nº
150/012 de 11 de mayo de 2012 y en el Decreto N° 454/2022 de 30 de
diciembre de 2022;
EL DIRECTORIO DE URSEA
RESUELVE:
1.-
Apruébese la trasposición de créditos en el Presupuesto Operativo 2023
del objeto reforzante 134000 “productos de artes gráficas” al objeto
reforzado 193000 “artículos y accesorios eléctricos “ por $ 6.000; del
objeto reforzante 285000 “servicios informáticos y anexos” al objeto
reforzado 282000 “servicios profesionales y técnicos” por $ 70.000, y
del objeto reforzante 223000 “impresiones, reproducciones y
encuadernaciones” al objeto reforzado 234000 “viáticos dentro del país “
por $ 50.000. Las mismas se realizaron a precios enero-junio 2023.
2.- Comuníquese a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto a sus efectos.
3.- Publíquese en la base de Resoluciones del sitio web de esta Unidad Reguladora.
4.- Cumplido, archívese.